La Provincia resigna regalías para que las operadoras sostengan la producción

By  Diario Patagónico (Chubut - Argentina) Feb 28, 2015

El Gobierno de Chubut puso en vigencia este mes el Decreto 71/15 denominado Régimen de Promoción e Incentivo para Concesionarias de Hidrocarburos, que reduce las regalías para aquellas operadoras petroleras que demuestren un incremento de la producción con respecto al año anterior.

El artículo uno señala: “Créase un régimen de promoción e incentivo con carácter extraordinario y temporal para aquellas concesionarias de hidrocarburos que presenten un incremento en la producción mensual computable respecto a la realizada en igual trimestre calendario del ejercicio anterior”.

La vigencia de este Régimen de Promoción será hasta el 30 de junio, pudiendo prorrogarse de acuerdo a la situación del mercado hidrocarburífero al momento de su vencimiento. El decreto lleva la firma del Gobernador Martín Buzzi y de los ministros de Economía, Ricardo Bestene, y de Hidrocarburos, Ezequiel Cufré.

El objetivo de Buzzi es que la actividad no decaiga en la región ante la caída del precio internacional del crudo. De acuerdo a cálculos del Gobierno provincial, las regalías resignadas serán de 550 millones de pesos y por lo tanto está en evaluación un nuevo presupuesto para este año.

“El régimen de promoción, consistirá en el pago de incentivos, sobre el valor incremental exclusivamente, conforme a la siguiente escala: a) La Provincia abonará a las concesionarias de hidrocarburos un monto equivalente a un 50% de las Regalías y del Bono de Compensación percibidos en concepto de producción incremental mensual, cuando el precio internacional (PI) del petróleo crudo cotice por debajo de U$S50”, describe el artículo 2.

“b) La Provincia abonará a las concesionarias de hidrocarburos un monto equivalente a un 33,32% de las regalías y del Bono de Compensación percibidos en concepto de producción incremental mensual, cuando el precio internacional del petróleo crudo cotice entre U$S 50 y U$S 55”, sigue el artículo. “c) La Provincia abonará a las concesionarias de hidrocarburos un monto equivalente a un 16,67% de las regalías y del Bono de Compensación percibidos

en concepto de producción incremental mensual cuando el precio internacional del petróleo crudo cotice entre U$S55 y U$S60”, añade.

“Se entiende por producción incremental a la diferencia entre la producción computable obtenida en el mes de liquidación de las regalías y el promedio mensual del trimestre calendario correspondiente al año anterior. El cálculo del incremento se aplicará a nivel concesionaria dentro de la Provincia de Chubut”, explica ese mismo artículo.

“A los fines de la percepción de los beneficios establecidos en los artículos precedentes, el Ministerio de Hidrocarburos informará mensualmente al Ministerio de Economía y Crédito Público la producción incremental de las concesionarias de hidrocarburos beneficiarias”, establece el tercer artículo del decreto.

PROYECTOS COMPLEJOS, TAMBIEN

Uno de los aspectos más relevantes del decreto es que abre la posibilidad a reducir regalías en aquellos proyectos complejos que incluyan la aplicación de técnicas de producción terciaria para alargar la vida útil de los yacimientos maduros o las iniciativas de extracción de hidrocarburos extrapesados (aquellos que tienen menos de 16 API) o los que requieran plataformas marítimas conocidos como offshore.

“Los proyectos de Producción Terciaria, Petróleos Extra Pesados y Costa Afuera que por su potencial productividad, ubicación, madurez de los yacimientos y demás características técnicas y económicas desfavorables, definidos en el Art. N° 6 de la Ley Nacional N° 27.007, podrán ser incluidos en el esquema de incentivos dispuesto en el Artículo 1°, previa evaluación técnico-económica, realizada por el Ministerio de Hidrocarburos”, indica el cuarto artículo.

El artículo 5 sostiene: “El esquema de incentivos dispuesto en los Artículos precedentes tendrá vigencia para aquellas Concesionarias que mantengan un perfil de actividad durante cada trimestre calendario igual o superior al mismo trimestre calendario del año anterior, entendiéndose esto al número de equipos de perforación y workover efectivamente activos y a un perfil de producción creciente”.

En tanto, el artículo 6: “A los efectos del presente, como valor de referencia, para el precio internacional del petróleo crudo (PI), el correspondiente al tipo Brent del mes de liquidación de las regalías, siendo este el promedio de los precios para el ICE Brent primera línea o mes inmediato publicado por el «PlattsCrudeMarketwire» bajo el encabezado «FuturesSettlements», desde el día 21 del segundo mes inmediato anterior (mes N-2) inclusive y el día 20 del mes inmediato anterior (mes N-1) inclusive, siendo la letra N el mes de la venta”.

DOBLE BENEFICIO

El ministro de Hidrocarburos, Ezequiel Cufré, remarcó que las empresas que operan en Chubut tienen un doble beneficio. Porque además de este estímulo promovido por la Provincia, pueden acceder al incentivo de Nación que pagará tres dólares adicionales a todas las empresas que mantengan la actividad para el mercado interno.

“Para las compañías que destinen producción para la exportación se le va a adicionar dos dólares estímulo, lo cual totalizaría cinco dólares, más un dólar incremental para aquellas compañías que aumenten la producción que destinan a la exportación en comparación con el año anterior”, manifestó sobre el beneficio de Nación.

La Resolución 14/2015 de la Comisión de Planificación y Coordinación Estratégica del Plan Nacional de Inversiones Hidrocarburíferas establece incentivos a las exportaciones de petróleo crudo.

Como estímulo a las empresas que destinen parte de su producción al mercado externo, el Estado nacional otorga dos dólares por barril de petróleo crudo siempre que hayan demostrado un incremento de sus volúmenes de exportación. Así se detalla en el anexo que acompaña a la resolución.

Además, la resolución de la Comisión establece el estímulo a la exportación adicional cuando su exportación trimestral esté por encima de su exportación base. El monto que recibe es de tres dólares por barril de petróleo crudo, aunque no es un dinero acumulable con el anterior estímulo.

La exportación base se define en el anexo de la resolución 14 como el volumen de crudo de producción propia exportado por una empresa durante todo 2014, divididos en cuatro para tener la expresión en barriles exportados por trimestre.

“A los efectos de estimular la producción de crudo, corresponde establecer una compensación económica a favor de las empresas beneficiarias pagadera en pesos por un monto equivalente de hasta tres dólares estadounidenses por barril (3 USD/BBL), por la producción total de cada empresa que resulte beneficiaria, siempre y cuando su producción trimestral de crudo sea mayor o igual a la producción tenida por base para el presente programa”, detalla la Resolución.

“Estos dos instrumentos tienen como fin poner a disposición herramientas que contribuyan a mantener la actividad en la cuenca del Golfo San Jorge y el dinamismo en las economías regionales, en el marco de la caída del precio internacional”.

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