Hace un par de meses, por disposición de la Corte Suprema, ante la demanda promovida por Rubén Giustiniani cuando éste era aún senador nacional, los mismos camaristas habían fijado un plazo de cinco días para que YPF cumpliera con la entrega de la documentación.
Al invocar razones de "confidencialidad", YPF se opuso a publicitar los términos del contrato hasta que, en noviembre de 2015, la Corte, ponderando el "derecho a la información", ordenó difundir el Acuerdo de Proyecto de Inversión suscripto con Chevron para la explotación de hidrocarburos no convencionales.
Entonces, YPF entregó una copia del contrato a la juez de primera instancia Cristina Carrión de Lorenzo, pero solicitó la reserva de documentación argumentando que su difusión podía "comprometer secretos industriales, técnicos y científicos".
El argumento fue rechazado por la Sala I de la Cámara en el fallo dictado en julio último y el recurso extraordinario contra el mismo fue desestimado días atrás por el tribunal de segunda instancia.
El contrato cuya publicidad reclamó Giustiniani se firmó en julio de 2013, cuando YPF era conducida por el ingeniero Miguel Galuccio.